
FUNDACIÓN DE LA
GRAN LOGIA DE ![]()

Después que el General José
Antonio Páez, el 2 de diciembre de 1823, proclamó solemnemente que "YA
ESTABA ASEGURADA LA PAZ Y LIBERTAD DE VENEZUELA", los masones se
movilizaron para organizar en Caracas una entidad matriz, que fuera la cabeza
de la francmasonería en el territorio nacional.
Como
líder de ese movimiento, estuvo desde los primeros momentos el Lic. Diego
Bautista Urbaneja, ya famoso por su dinamismo y extraordinaria cultura.
Convocados los masones más sobresalientes, el 24 de junio de 1824, fue
instalada en Caracas, la “Gran Logia de la Gran Colombia”.
Este alto cuerpo masónico fue
constituido por el comisionado especial norteamericano, I:. H:. José Carneau,
quien trajo poderes especiales para poner en funciones ese organismo central.
El Primer Gran Cuadro Lógico,
estuvo presidido por el Lic. Diego Bautista Urbaneja, e integrado por los I:. H:. José Cordero, Fernando
Peñalver, José María Llovera y José María Pelgrón.
Las
Logias que integraron, ese 24 de junio de 1824, la “Gran Logia de la Gran
Colombia”, con sede en Caracas, fueron las siguientes:
·
Protectora
de las Virtudes, Barcelona.
·
Perfecta
Armonía, Cumaná.
·
Guaira
Unanimidad, La Guaira.
·
Fraternidad
Colombiana, Caracas.
·
Concordia
Venezolana, Angostura.
·
Unión,
Caracas.
·
Regeneradores,
Maracaibo.
·
Valor
y Constancia, Valencia.
·
Aurora,
San Felipe.
·
Amistad,
Barquisimeto.
·
Hijos
de Colon, El Tocuyo.
·
Libertad,
Puerto Cabello.
·
Unidad
Filantrópica, Coro.
·
Concordia,
Valencia.
·
San
Juan de la Constancia, Guanare.
·
Concordia,
Caracas.
·
San
Juan de la Margarita, Margarita.
·
Virtud,
Carúpano.
Después
de 1824, por la situación política y la campaña que los jefes patriotas, la
mayoría de ellos masones, libraban fuera de Venezuela, alejándose cada vez mas
hacia el sur, la actividad masónica en Caracas, entró en una especie de receso.
Hacia
1832, virtualmente estuvieron paralizados los trabajos de la “Gran Logia de la
Gran Colombia”. Los enemigos de la masonería han pretendido atribuir esa
inactividad al Decreto del Libertador, del 08 de noviembre de 1828, prohibiendo
el funcionamiento de las “Sociedades Secretas”.
Pero tal
infundió carece de seriedad por la sencilla razón, de que dicho Decreto, se
refería a las “sociedades de conspiradores”, como la “Fisiológica de Bogota”,
donde se tramó el asesinato de Bolívar, o las que integraron Florentino
González, el Coronel Ramón Guerra y Mariano Escobar para derrocar el gobierno
de Bolívar, según consta en la mayoría de los textos de historia.
En 1832,
ya separada Venezuela de Colombia, se produjo la reorganización de la Gran
Logia. Uno de los grandes tropiezos fue la muerte de muchos de los dirigentes
de la masonería, que habían perecidos en los campos de batalla, luchando al
lado del Libertador.
El Lic. Diego Bautista Urbaneja,
con esa tenacidad que le caracterizaba, se puso a trabajar, logrando reunir en
1838, a los masones más representativos, con los cuales procedió a la
instalación de ese Alto Cuerpo.
La Central Masónica Venezolana,
ya con el nombre de "Gran Logia de Venezuela", fue instalada
solemnemente el 9 de septiembre de 1838. Desde esa fecha ha trabajado ininterrumpidamente,
con luminosos períodos de auge, como durante la administración del I:. H:.,
General Antonio Guzmán Blanco, o afrontando la noche larga de las dictaduras
retrógradas y confesionales, sin "batir columnas" en ningún momento.

Por considerar que puede ser de
interés para los estudiosos de la vida masónica, reproducimos a continuación el
texto completo del Acta Constitutiva de la Gran Logia de Venezuela:

A:. L:.
G:. D:. G:. A:. D:. U:.
Al Gr:. Or:. de Caracas,
e113° D:. D:.
9° M:. M:. A:. D:. L:. V:. L:. 5858
(09 de septiembre de
1838 e:. v:.)
Reunidos en el local
correspondiente el M:. R:. G:. M:. DD:. y OOf:. de la M:. R:. G:. L:. antes titulada de la República de Colombia, a saber:
los M:. II:. HH:. Diego Bautista Urbaneja, José Cordero, Carlos Cornejo,
Bartolomé Manrique, Manuel López de Umérez, José María Lovera, José Manuel
Morales, Juan José Conde, Felipe Esteves, José María de las LLamozas y José
María Pelgrón, el M:. R:. G:. M:. abiertos los trabajos en la forma y términos
acostumbrados, manifestó: que por un efecto imprescindible de las alteraciones
políticas que han tenido lugar desde el año de 1829, en cuya época se dividió
el pacto social que existía entre los tres Estados que antes formaban la
República de Colombia, Venezuela uno de ellos, quedó árbitra y señora de su
propia suerte, y en consecuencia, se constituyó como una Nación libre e
independiente, dándose al efecto una constitución y leyes bajo cuyas bases
ejerce desde 1830 toda la plenitud de su soberanía, reconocida ya por todos los
demás Estados independientes del Sur y Norte América, y de otras varias
naciones en el continente europeo; que mientras Venezuela por virtud de su
nueva nacionalidad aseguraba el hermoso sistema que le rige, aseguraba también
sus instituciones, y las hacía respetables por fuerza de la razón, apoyada en
la física, yen el patriotismo de sus habitantes, no ha sido posible que la M:.
R:. G:. L:. que anteriormente había sido instalada y reconocida en toda la
extensión del hemisferio colombiano como el G:. O:. de aquella República, se
pusiese en conformidad y analogía con la transformación política que queda
anunciada, reinando por tanto en todo el tiempo que queda dicho, el silencio y
la circunspección que eran indispensables hasta su oportunidad, sin dar
actividad a sus trabajos, mientras que llegase el momento a propósito de
verificarlo; que ahora que la paz interior y exterior de que goza el territorio
que ocupa la República de Venezuela, ha asegurado el reposo público, y en él se
ha animado todos los gérmenes de prosperidad que ella encierra; cuando el
espíritu nacional y todas las virtudes cívicas parecen cooperar a la
conservación, estabilidad y engrandecimiento del país; y tan preciosos bienes
no pueden lograrse de un modo permanente e indestructible, sino procurándose
con gran esmero y tesón, la unión, amor y concordia entre los venezolanos; que
ningún resorte es más fuerte y poderoso para fundar establemente en la
República el imperio inefable de la unión como la MAS:., por cuyas
filantrópicas instituciones fue que en 1824 se esparció con profusión sobre el
territorio de Venezuela la verdadera luz y su foco luminoso de moral y de
virtud, extendieron sus rayos para mejorar el estado social y en fin, que esta
grandiosa obra sólo puede emprenderla la M:. R:. G:. L:. fundada y establecida
en este G:. Or:.
El M:. R:. G:. M:. sometió las
prudentes consideraciones a los RR:. Miembros que se hallaban presentes, para
que discutiéndose con el tino y sabiduría que le son propias, se acuerde si son
aceptados, una Gr:. resolución fundamental, que coincida a que se restablezca
en el hemisferio venezolano el orden simbólico, interrumpido tanto tiempo hace
por las razones que dejó enunciadas.
Varios RR:. miembros tomaron la
palabra en apoyo de las razones emitidas por el M:. R:. G:. M:. y después de
algunos discursos acertados por unánime votación se acordó:
Primero: que la M:. R :. G :. L:.
fundada y establecida en Caracas antes del G:. Or:. de la República de
Colombia, es y debe ser considerada como de la República de Venezuela,
declarándose desde ese día en actividad y en toda la plenitud de autoridad y
facultad simbólica, según le conceden los estatutos generales del orden,
componiendo la parte que le corresponde en el Gr:. Or:. nacional.
Segundo: Que con el objeto importante de
que este acuerdo llegue a noticia de todos los hijos de la verdadera luz
esparcidos en Venezuela, se imprime y circule a los VV:. MM:. y demás DD:. de
las LI:. establecidas antes en este territorio para que cada uno por su parte
se reinstale de nuevo, exijan de esta R:. G:. L:. la refrendación de sus cartas
constitucionales, y queden dependientes del G:. Or:. de Venezuela.
Tercero: Que donde no exista DD:. de las
indicadas LI:. se comisione por el M:. R:.
G:. M:. a
un masón de alto grado, celoso de la propagación del orden, para que active,
forme y reinstale la L:. que antes existía, sujetándose a este G:. O:.
nacional, y siguiente en esta importante comisión los estatutos generales del
orden simb:. del rito escocés antiguo aceptado y reconocido por la M:. R:. G:.
L:. expidiéndose al efecto las competentes letras de comisión.
Cuarto: Que se dirija una Gr:. plancha
circular con este acuerdo a los GG:. OOr:. de los Estados Unidos del Norte, de
Francia e Inglaterra.
Quinto: Que por la muerte de varios
RR:. HH:. 00:. y OOf:. de la Gr:. L:. Se nombran interinamente los que falten
hasta que tengan lugar las nuevas elecciones. En consecuencia y acto continuo, se
procedió a la elección de los funcionarios conforme al acuerdo, y terminado
resultó el cuadro del modo siguiente:
Gr:. M:. Diego
Bautista Urbaneja, 33°- 1er Rep:. José Cordero, 33°- Rep:. Manuel López Umérez,
33°- 1er Gr:. V:. José R. Martín, 33°- 2° Gr:. V:., José María Lovera, 33°- Gr:. Orador,
Andrés Narvarte, 33°- Gr:. Sec:., José María Pelgrón y siguen otros nombres y
cargos.

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